{"id":135,"date":"2021-02-25T04:55:25","date_gmt":"2021-02-25T04:55:25","guid":{"rendered":"https:\/\/amacac.com.mx\/?page_id=135"},"modified":"2021-02-25T04:55:26","modified_gmt":"2021-02-25T04:55:26","slug":"boletin-quincenal-numero-231-segunda-quincena-de-noviembre-de-2019","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/amacac.com.mx\/?page_id=135","title":{"rendered":"BOLET\u00cdN QUINCENAL. N\u00daMERO 231 SEGUNDA QUINCENA DE NOVIEMBRE DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>FISCAL<\/p>\n\n\n\n<p>OFICIO 500-05-2019-35911 mediante el cual se comunica listado global definitivo en t\u00e9rminos del art\u00edculo 69-B, p\u00e1rrafo cuarto del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades se\u00f1aladas en el art\u00edculo 69-B, p\u00e1rrafos primero y segundo del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, las autoridades fiscales que se citan en el Anexo 1 que es parte integrante del presente oficio, detectaron que los contribuyentes se\u00f1alados en dicho Anexo 1 emitieron comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes.<\/p>\n\n\n\n<p>Detectada tal situaci\u00f3n, las citadas autoridades fiscales, a fin de dar cumplimiento al art\u00edculo 69-B, p\u00e1rrafo segundo del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, as\u00ed como al numeral 69 del Reglamento del citado C\u00f3digo, emitieron oficio de presunci\u00f3n individual a cada uno de los contribuyentes mencionados en el citado Anexo 1, y en dicho oficio se indic\u00f3 los motivos y fundamentos por los cuales los contribuyentes se ubicaron en la hip\u00f3tesis a que se refiere el primer p\u00e1rrafo del art\u00edculo 69-B del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Una vez transcurrido el plazo se\u00f1alado en el p\u00e1rrafo anterior, y en virtud de que los contribuyentes durante el plazo establecido en el segundo p\u00e1rrafo del art\u00edculo 69-B del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, no presentaron ninguna documentaci\u00f3n tendiente a desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficios individuales, se hizo efectivo el apercibimiento y por lo tanto las autoridades fiscales procedieron a emitir las resoluciones individuales definitivas en las que se actualiza definitivamente la hip\u00f3tesis prevista en el primer p\u00e1rrafo de este art\u00edculo 69-B del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, ello por las razones expuestas en dichas resoluciones definitivas. las citadas autoridades no han sido notificadas de alguna resoluci\u00f3n o sentencia concedida a favor de esos contribuyentes que ordene la suspensi\u00f3n o declare la nulidad o revocaci\u00f3n del procedimiento previsto en el art\u00edculo 69-B del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, que se les tiene iniciado; por tanto, con la finalidad de dar cabal cumplimiento al Resolutivo Tercero contenido en las citadas resoluciones definitivas, esta Administraci\u00f3n Central de Fiscalizaci\u00f3n Estrat\u00e9gica adscrita a la Administraci\u00f3n General de Auditor\u00eda Fiscal Federal del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria, en apoyo a las autoridades fiscales se\u00f1aladas en el Anexo 1 del presente, procede a agregar los nombres, denominaciones o razones sociales de los contribuyentes se\u00f1alados en el Anexo 1 del presente oficio, en el listado de contribuyentes que no desvirtuaron los hechos que se les imputaron y por tanto, se encuentran en forma definitiva en la situaci\u00f3n a que se refiere el primer p\u00e1rrafo del citado art\u00edculo 69-B del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, por los motivos y fundamentos se\u00f1alados en las resoluciones definitivas notificadas a cada uno de ellos, listado que se publicar\u00e1 en la p\u00e1gina de internet del Servicio de Administraci\u00f3n Tributaria (www.sat.gob.mx) as\u00ed como en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n, a efecto de considerar, con efectos generales, que los comprobantes fiscales expedidos por dichos contribuyentes no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, tal y como lo declara el quinto p\u00e1rrafo del art\u00edculo 69-B del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n;<\/p>\n\n\n\n<p>FINANZAS<\/p>\n\n\n\n<p>REFORMAS al Acuerdo de Adscripci\u00f3n de las Unidades Administrativas del Banco de M\u00e9xico<\/p>\n\n\n\n<p>REFORMAS AL ACUERDO DE ADSCRIPCI\u00d3N DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL BANCO DE M\u00c9XICO<\/p>\n\n\n\n<p>De conformidad con lo previsto en los art\u00edculos 38 y 47, fracci\u00f3n I, de la Ley del Banco de M\u00e9xico, as\u00ed como 4o. y 8o. de su Reglamento Interior, se reforman las fracciones III y X del ART\u00cdCULO SEGUNDO del Acuerdo de Adscripci\u00f3n de las Unidades Administrativas del Banco de M\u00e9xico, para quedar en los t\u00e9rminos siguientes: &#8220;<\/p>\n\n\n\n<p>ART\u00cdCULO SEGUNDO. &#8230;<\/p>\n\n\n\n<p>I. y II. &#8230;<\/p>\n\n\n\n<p>III. DIRECCI\u00d3N GENERAL DE EMISI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>SUBGERENCIA DE ATENCI\u00d3N A LA FALSIFICACI\u00d3N DE MONEDA<\/p>\n\n\n\n<p>DIRECCI\u00d3N DE ADMINISTRACI\u00d3NDE EMISI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>GERENCIA DE GESTI\u00d3N DE LA DIRECCI\u00d3N GENERAL DE EMISI\u00d3N SUBGERENCIA DE GESTI\u00d3N ADMINISTRATIVA Y PRESUPUESTAL DE LA DIRECCI\u00d3N GENERAL DE EMISI\u00d3N SUBGERENCIA DE ADMINISTRACI\u00d3N DE RIESGOS Y CONTROL DE EMISI\u00d3N SUBGERENCIA DE GESTI\u00d3N PARA ACU\u00d1ACI\u00d3N DE MONEDAS, COSTOS Y COMERCIALIZACI\u00d3N GERENCIA DE DESARROLLO Y REINGENIER\u00cdA DE PROCESOS SUBGERENCIA DE INGENIER\u00cdA INDUSTRIAL SUBGERENCIA DE REINGENIER\u00cdA DE PROCESOS GERENCIA DE INFORM\u00c1TICA DE LA DIRECCI\u00d3N GENERAL DE EMISI\u00d3N SUBGERENCIA DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE SISTEMAS SUBGERENCIA DE OPERACI\u00d3N DE SISTEMAS DE LA DIRECCI\u00d3N GENERAL DE EMISI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>DIRECCI\u00d3N DE FABRICACI\u00d3N DE BILLETES<\/p>\n\n\n\n<p>SUBGERENCIA DE CALIDAD DE LOS PROCESOS DE FABRICACI\u00d3N DE BILLETE GERENCIA DE PRODUCCI\u00d3N CIUDAD DE M\u00c9XICO SUBGERENCIA DE MANUFACTURA CIUDAD DE M\u00c9XICO SUBGERENCIA DE PROCESOS FINALES CIUDAD DE M\u00c9XICO SUBGERENCIA DE INSUMOS Y PRODUCTOS INTERMEDIOS CIUDAD DE M\u00c9XICO GERENCIA DE LOG\u00cdSTICA Y MANTENIMIENTO SUBGERENCIA DE MANTENIMIENTO CIUDAD DE M\u00c9XICO SUBGERENCIA DE MANTENIMIENTO JALISCO SUBGERENCIA DE PLANEACI\u00d3N Y LOG\u00cdSTICA GERENCIA DE PRODUCCI\u00d3N JALISCO SUBGERENCIA DE MANUFACTURA JALISCO SUBGERENCIA DE INSUMOS Y PRODUCTOS INTERMEDIOS JALISCO<\/p>\n\n\n\n<p>DIRECCI\u00d3N DE PROGRAMACI\u00d3N Y DISTRIBUCI\u00d3N DE EFECTIVO<\/p>\n\n\n\n<p>GERENCIA DE PROGRAMACI\u00d3N Y ESTUDIOS DE EFECTIVO SUBGERENCIA DE PROGRAMACI\u00d3N DE EFECTIVO Y SEGUIMIENTO DE LAS OPERACIONES DE CAJA SUBGERENCIA DE AN\u00c1LISIS Y ESTUDIOS DE EFECTIVO CAJERO REGIONAL CENTRO SUBGERENCIA DE CUSTODIA DE EFECTIVO SUBGERENCIA DE DISTRIBUCI\u00d3N Y PROCESO DE EFECTIVO CAJERO REGIONAL GUADALAJARA CAJERO REGIONAL HERMOSILLO CAJERO REGIONAL M\u00c9RIDA CAJERO REGIONAL MONTERREY CAJERO REGIONAL VERACRUZ<\/p>\n\n\n\n<p>DIRECCI\u00d3N DE SEGURIDAD<\/p>\n\n\n\n<p>GERENCIA DE PREVENCI\u00d3N Y PLANEACI\u00d3N DE SEGURIDAD SUBGERENCIA DE PREVENCI\u00d3N Y PROTECCI\u00d3N CIVIL SUBGERENCIA DE PLANEACI\u00d3N, FORMACI\u00d3N Y EVALUACI\u00d3N EN SEGURIDAD GERENCIA DE PROTECCI\u00d3N Y TRASLADO DE VALORES SUBGERENCIA DE RESGUARDO Y TRASLADO DE VALORES CIUDAD DE M\u00c9XICO SUBGERENCIA DE TRANSPORTES A\u00c9REOS SUBGERENCIA DE RESGUARDO Y TRASLADO DE VALORES JALISCO SUBGERENCIA DE PROTECCI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>IV. a IX. &#8230;<\/p>\n\n\n\n<p>X. DIRECCI\u00d3N GENERAL JUR\u00cdDICA DIRECCI\u00d3N DE DISPOSICIONES DE BANCA CENTRAL GERENCIA DE DISPOSICIONES DE BANCA CENTRAL SUBGERENCIA DE DISPOSICIONES AL SISTEMA FINANCIERO SUBGERENCIA DE DISPOSICIONES A LOS SISTEMAS DE PAGOS GERENCIA DE ASUNTOS JUR\u00cdDICOS INTERNACIONALES Y ESPECIALES SUBGERENCIA DE ASUNTOS JUR\u00cdDICOS INTERNACIONALES Y ESPECIALES GERENCIA DE INSTRUMENTACI\u00d3N DE OPERACIONES SUBGERENCIA DE INSTRUMENTACI\u00d3N DE OPERACIONES INTERNACIONALES SUBGERENCIA DE INSTRUMENTACI\u00d3N DE OPERACIONES NACIONALES<\/p>\n\n\n\n<p>DIRECCI\u00d3N DE AUTORIZACIONES Y SANCIONES DE BANCA CENTRAL<\/p>\n\n\n\n<p>GERENCIA DE AUTORIZACIONES Y CONSULTAS DE BANCA CENTRAL SUBGERENCIA DE AUTORIZACIONES Y CONSULTAS DE BANCA CENTRAL GERENCIA DE AUTORIZACIONES Y CONSULTAS SOBRE SISTEMAS DE PAGOS E INFRAESTRUCTURAS DE MERCADOS SUBGERENCIA DE AUTORIZACIONES Y CONSULTAS SOBRE SISTEMAS DE PAGOS E INFRAESTRUCTURAS DE MERCADOS GERENCIA DE SANCIONES DE BANCA CENTRAL SUBGERENCIA DE SANCIONES DE BANCA CENTRAL<\/p>\n\n\n\n<p>DIRECCI\u00d3N JUR\u00cdDICA<\/p>\n\n\n\n<p>GERENCIA JUR\u00cdDICA CONSULTIVA SUBGERENCIA JUR\u00cdDICA CONSULTIVA SUBGERENCIA DE APOYO A LA FORMALIZACI\u00d3N JUR\u00cdDICA DE ACTOS GERENCIA DE INSTRUMENTACI\u00d3N JUR\u00cdDICA SUBGERENCIA DE APOYO JUR\u00cdDICO A LA TRANSPARENCIA SUBGERENCIA DE APOYO A LA LEGALIDAD SUBGERENCIA JUR\u00cdDICA DE ASUNTOS LABORALES GERENCIA JUR\u00cdDICA DE LO CONTENCIOSO SUBGERENCIA DE PROCESOS JURISDICCIONALES SUBGERENCIA JUR\u00cdDICA DE LO CONTENCIOSO SUBGERENCIA JUR\u00cdDICA DE PROCEDIMIENTOS DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA<\/p>\n\n\n\n<p>POLTICO<\/p>\n\n\n\n<p>DECRETO por el que se declaran como personas ilustres a Valent\u00edn Campa Salazar y Arnoldo Mart\u00ednez Verdugo y se ordena su exhumaci\u00f3n e inhumaci\u00f3n y se instruye llevar a cabo los homenajes p\u00f3stumos correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p>CONSIDERANDO<\/p>\n\n\n\n<p>Que al Ejecutivo Federal a mi cargo corresponde fomentar el reconocimiento a aquellas mexicanas y mexicanos que, por sus contribuciones a la Patria, merecen ser objeto de homenaje por parte del pueblo de M\u00e9xico y de su Gobierno;<\/p>\n\n\n\n<p>Que el Consejo Consultivo de la Rotonda de las Personas Ilustres, derivado del estudio y an\u00e1lisis de las propuestas emanadas de los ciudadanos e instituciones mexicanas, aprob\u00f3 por unanimidad, someter a la consideraci\u00f3n del Ejecutivo Federal a mi cargo se declare como personas ilustres a Valent\u00edn Campa Salazar y Arnoldo Mart\u00ednez Verdugo;<\/p>\n\n\n\n<p>Que Valent\u00edn Campa Salazar naci\u00f3 en Monterrey, Nuevo Le\u00f3n, el 14 de febrero de 1904 y muri\u00f3 en la Ciudad de M\u00e9xico el 25 de noviembre de 1999. Durante su vida se dedic\u00f3 a trabajar por los derechos laborales de la clase obrera, promoviendo la organizaci\u00f3n de los trabajadores para demandar la mejora de sus condiciones de trabajo y la de sus familias, circunstancia que lo convierte en uno de los representantes m\u00e1s destacados en la historia de las luchas obreras y sociales del siglo XX en M\u00e9xico; ese a haber sido preso pol\u00edtico en 12 ocasiones, acumulando un encarcelamiento de 13 a\u00f1os y 11 meses, nunca claudic\u00f3 a sus ideales y a su compromiso con la clase trabajadora. Asimismo, alert\u00f3 al entonces Presidente de la Rep\u00fablica L\u00e1zaro C\u00e1rdenas del R\u00edo respecto de la rebeli\u00f3n planeada en su contra encabezada por el general Saturnino Cedillo, tras la nacionalizaci\u00f3n del petr\u00f3leo en marzo de 1938;<\/p>\n\n\n\n<p>Que Arnoldo Mart\u00ednez Verdugo naci\u00f3 en Mocorito, Sinaloa el 12 de enero de 1925 y muri\u00f3 el 24 de mayo de 2013 en la Ciudad de M\u00e9xico. Fue un l\u00edder, pol\u00edtico e historiador mexicano que luch\u00f3 por los derechos de igualdad y acceso la justicia de los m\u00e1s vulnerables, sobre todo de grupos obreros y campesinos, promoviendo su defensa a trav\u00e9s de las instituciones existentes del pa\u00eds; que logr\u00f3 realizar diversas negociaciones con el Gobierno mexicano en 1978, las cuales dieron como resultado la primera reforma electoral que permiti\u00f3 que los grupos y partidos pol\u00edticos referidos participaran en registros y en elecciones democr\u00e1ticas, circunstancia que ha permitido que hasta el d\u00eda de hoy M\u00e9xico sea un pa\u00eds con pluralidad de partidos pol\u00edticos con distintas ideolog\u00edas y posiciones,<\/p>\n\n\n\n<p>DECRETO<\/p>\n\n\n\n<p>ART\u00cdCULO SEGUNDO.- Conforme a las disposiciones jur\u00eddicas aplicables, proc\u00e9dase a llevar a cabo la exhumaci\u00f3n de los restos mortuorios de Valent\u00edn Campa Salazar y Arnoldo Mart\u00ednez Verdugo, para ser inhumados en ceremonia solemne que organice la Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n y se lleven a cabo las obras necesarias para conmemorarlos en el m\u00e1s alto pante\u00f3n de la Patria.<\/p>\n\n\n\n<p>ART\u00cdCULO TERCERO.- Dif\u00fandase la vida y obra de Valent\u00edn Campa Salazar y Arnoldo Mart\u00ednez Verdugo, destacando el referente c\u00edvico que ofrecen a las mexicanas y los mexicanos de hoy y del ma\u00f1ana, a trav\u00e9s de acciones que deber\u00e1n desplegar las dependencias y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Federal, en el \u00e1mbito de sus respectivas competencias y bajo la coordinaci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>INTERNACONAL<\/p>\n\n\n\n<p>ACUERDO por el que se da a conocer el nuevo domicilio de la Delegaci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Relaciones Exteriores en el Estado de Durango.<\/p>\n\n\n\n<p>ACUERDO<\/p>\n\n\n\n<p>\u00daNICO.- A partir del 19 de noviembre de 2019 el domicilio de la Delegaci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Relaciones Exteriores en el Estado de Durango, se ubicar\u00e1 en Centro Comercial &#8220;Paseo Durango&#8221;, Boulevard Felipe Pescador N\u00fam. 1401, Local A05, Col. Esperanza, C.P. 34080, Durango, Durango. A partir de la fecha citada se deber\u00e1 dirigir y entregar en el domicilio referido, en un horario de atenci\u00f3n de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, Tiempo de la Zona Centro, seg\u00fan lo dispuesto en la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos, toda la correspondencia, tr\u00e1mites y diligencias relacionadas con los asuntos que son competencia de dicha Delegaci\u00f3n, cuyo titular tendr\u00e1 las funciones previstas en los art\u00edculos 51 bis y 51 ter del Reglamento Interior de la Secretar\u00eda de Relaciones Exteriores.<\/p>\n\n\n\n<p>SAGRADAS ESCRITURAS<\/p>\n\n\n\n<p>Porque desde la creaci\u00f3n del mundo las cualidades invisibles de Dios, es decir, su eterno poder y su naturaleza divina, se perciben claramente a trav\u00e9s de lo que \u00e9l cre\u00f3, de modo que nadie tiene excusa.<\/p>\n\n\n\n<p>Romanos 1:20<\/p>\n\n\n\n<p>Porque somos hechura de Dios, creados en Cristo Jes\u00fas para buenas obras, las cuales Dios dispuso de antemano a fin de que las pongamos en pr\u00e1ctica.<\/p>\n\n\n\n<p>Efesios 2:10<\/p>\n\n\n\n<p>DISCA PACITADOS SOBRESALIENTES<\/p>\n\n\n\n<p>Primera sentencia tras el veredicto del TJUE que reforz\u00f3 el pasado septiembre la protecci\u00f3n de los trabajadores con discapacidad o especialmente sensibles a los riesgos laborales. El juzgado de lo social n\u00famero 3 de Barcelona ha aplicado el criterio de la justicia europea sobre el caso de una trabajadora de la empresa Nobel Plastiques, de Sant Joan Desp\u00ed. A la compa\u00f1\u00eda le ha obligado a anular el despido y a pagar una indemnizaci\u00f3n de 25.000 euros a la empleada, asesorada por el bufete de abogados Col\u00b7lectiu Ronda.<\/p>\n\n\n\n<p>El pasado 11 de septiembre el TJUE se pronunci\u00f3 sobre este caso concreto y esta semana el juzgado n\u00famero tres de la capital catalana ha aplicado su criterio. La justicia europea estim\u00f3 que Nobel Plastiques no hab\u00eda agotado todas las v\u00edas para tratar de adaptar el puesto de trabajo a la empleada afectada y opt\u00f3 por el despido por baja productividad. El juez barcelon\u00e9s ha considerado, como ya hicieron los europeos, que la compa\u00f1\u00eda incurri\u00f3 en una discriminaci\u00f3n indirecta al aplicar un despido objetivo a una trabajadora con una discapacidad acreditada, bajo los mismos criterios que a otros ocho compa\u00f1eros suyos, sin discapacidad.<\/p>\n\n\n\n<p>La trabajadora se dedicaba a procesos de ensamblaje y conformado de tubo pl\u00e1stico y padec\u00eda epicondilitis, una enfermedad m\u00e1s conocida como &#8220;codo de tenista&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>VIDEOS ADJUNTOS<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<iframe loading=\"lazy\" title=\"Mi discapacidad, mi mayor virtud | My disability,my greatest virtue | Lucas Alaniz | TEDxBahiaBlanca\" width=\"1140\" height=\"641\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/H2gKnsa7Xvg?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture\" allowfullscreen><\/iframe>\n<\/div><\/figure>\n\n\n\n<p>REFLEXION<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;La imaginaci\u00f3n es el principio de la creaci\u00f3n. Imaginas lo que deseas, persigues lo que imaginas y finalmente, creas lo que persigues&#8221;.<\/p>\n\n\n\n<p>George Bernard Shaw<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>FISCAL OFICIO 500-05-2019-35911 mediante el cual se comunica listado global definitivo en t\u00e9rminos del art\u00edculo 69-B, p\u00e1rrafo cuarto del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n. Derivado del ejercicio de las atribuciones y facultades se\u00f1aladas en el art\u00edculo 69-B, p\u00e1rrafos primero y segundo del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, las autoridades fiscales que se citan en el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-135","page","type-page","status-publish","hentry","post"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/135","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=135"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/135\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":136,"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/135\/revisions\/136"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=135"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}