{"id":137,"date":"2021-02-25T05:00:23","date_gmt":"2021-02-25T05:00:23","guid":{"rendered":"https:\/\/amacac.com.mx\/?page_id=137"},"modified":"2021-02-25T05:00:23","modified_gmt":"2021-02-25T05:00:23","slug":"boletin-quincenal-numero-232-primera-quincena-de-diciembre-de-2019","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/amacac.com.mx\/?page_id=137","title":{"rendered":"BOLET\u00cdN QUINCENAL. N\u00daMERO 232 PRIMERA QUINCENA DE DICIEMBRE DE 2019"},"content":{"rendered":"\n<p>FISCAL<\/p>\n\n\n\n<p>ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del est\u00edmulo fiscal, as\u00ed como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producci\u00f3n y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica .IV\u00c1N CAJEME VILLARREAL CAMERO, Titular de la Unidad de Pol\u00edtica de Ingresos no Tributarios de la Secretar\u00eda de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, con fundamento en lo dispuesto por el art\u00edculo Primero del Decreto por el que se establecen est\u00edmulos fiscales en materia del impuesto especial sobre producci\u00f3n y servicios aplicables a los combustibles que se indican, publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n el 27 de diciembre de 2016 y sus posteriores modificaciones, se dan a conocer los porcentajes y los montos del est\u00edmulo fiscal, as\u00ed como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producci\u00f3n y servicios aplicables a los combustibles automotrices, correspondientes al periodo comprendido del 14 al 20 de diciembre de 2019.<\/p>\n\n\n\n<p>ACUERDO<\/p>\n\n\n\n<p>Art\u00edculo Primero. Los porcentajes del est\u00edmulo fiscal para el periodo comprendido del 14 al 20 de diciembre de 2019, aplicables a los combustibles automotrices son los siguientes:&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-image\"><img decoding=\"async\" src=\"https:\/\/amacac5.webnode.es\/_files\/200000032-a1957a1959\/700\/combustible%202.png\" alt=\"\"\/><\/figure>\n\n\n\n<p>FINANZAS<\/p>\n\n\n\n<p>EQUIVALENCIA de las monedas de diversos pa\u00edses con el d\u00f3lar de los Estados Unidos de Am\u00e9rica, correspondiente al mes de noviembre de 2019 El Banco de M\u00e9xico, con fundamento en los art\u00edculos 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de M\u00e9xico, as\u00ed como \u00danico del Acuerdo de Adscripci\u00f3n de las Unidades Administrativas del Banco de M\u00e9xico y de conformidad con lo se\u00f1alado en el art\u00edculo 20 del C\u00f3digo Fiscal de la Federaci\u00f3n, da a conocer para efectos fiscales la cotizaci\u00f3n de las monedas de diversos pa\u00edses contra el d\u00f3lar de los EE.UU.A., observada en los mercados internacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Las monedas de los pa\u00edses que se listan corresponden: i) a los principales socios comerciales de M\u00e9xico, tanto en exportaciones como en importaciones, seg\u00fan datos del Instituto Nacional de Estad\u00edstica y Geograf\u00eda (INEGI)(1), ii) a las divisas m\u00e1s operadas en el mercado de cambios a nivel mundial, de conformidad con la encuesta oficial publicada por el Banco de Pagos Internacionales (BIS)(2) y iii) a las divisas solicitadas a este Instituto Central para su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Pa\u00eds (1) Moneda Equivalencia de la moneda extranjera<\/p>\n\n\n\n<p>nov-2019 en d\u00f3lares de los E.E.U.U.A<\/p>\n\n\n\n<p>Arabia Saudita Riyal 0.26670<\/p>\n\n\n\n<p>Argelia Dinar 0.00830<\/p>\n\n\n\n<p>Argentina Peso 0.01670<\/p>\n\n\n\n<p>Australia D\u00f3lar 0.67635<\/p>\n\n\n\n<p>Bahamas D\u00f3lar 1.00000<\/p>\n\n\n\n<p>POLITICO<\/p>\n\n\n\n<p>CONVOCATORIA para seleccionar dos representantes de las organizaciones de la sociedad civil y dos personas expertas acad\u00e9micas con conocimiento y trabajo relevante en materia de trata de personas, con la finalidad de integrarse como participantes a la Comisi\u00f3n Intersecretarial para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protecci\u00f3n y Asistencia a las V\u00edctimas de estos Delitos<\/p>\n\n\n\n<p>CONSIDERANDO<\/p>\n\n\n\n<p>Que el art\u00edculo 84 de la Ley establece el objeto de la Comisi\u00f3n, la cual deber\u00e1 definir y coordinar la implementaci\u00f3n de una Pol\u00edtica de Estado en materia de trata de personas; impulsar y coordinar en toda la Rep\u00fablica Mexicana la vinculaci\u00f3n interinstitucional para prevenir y sancionar los delitos objeto de la Ley; as\u00ed como la inspecci\u00f3n y vigilancia de los programas, acciones y tareas en la materia, y la evaluaci\u00f3n, rendici\u00f3n de cuentas y transparencia, sin perjuicio de las atribuciones que en dichas materias correspondan a otras instancias;<\/p>\n\n\n\n<p>Que el art\u00edculo 86 de la Ley, establece en las fracciones X y XI qui\u00e9nes podr\u00e1n participar en las reuniones de la Comisi\u00f3n, con derecho a voz pero sin voto, entre estos, tres representantes de organizaciones de la sociedad civil y tres expertos acad\u00e9micos con conocimiento y trabajo relevante sobre el tema de trata de personas;<\/p>\n\n\n\n<p>Que el art\u00edculo 14 del Reglamento Interno de la Comisi\u00f3n, establece la selecci\u00f3n de tres representantes de las organizaciones de la sociedad civil y las tres personas expertas acad\u00e9micas, las cuales deber\u00e1n cumplir con los requisitos de la Convocatoria aprobada por la Comisi\u00f3n y publicada por la Secretar\u00eda de Gobernaci\u00f3n en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n<\/p>\n\n\n\n<p>BASES<\/p>\n\n\n\n<p>DE LOS CARGOS<\/p>\n\n\n\n<p>1. El encargo tiene un car\u00e1cter honor\u00edfico, con derecho a voz pero sin voto.<\/p>\n\n\n\n<p>2. La duraci\u00f3n del encargo para los dos representantes de organizaciones de la sociedad civil ser\u00e1 de uno y dos a\u00f1os, respectivamente, con posibilidad de reelecci\u00f3n por una sola ocasi\u00f3n, por acuerdo de la Comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>3. La renovaci\u00f3n ser\u00e1 escalonada, con diferencia de un a\u00f1o entre las organizaciones de la sociedad civil y entre las personas expertas acad\u00e9micas.<\/p>\n\n\n\n<p>4. La duraci\u00f3n del encargo para las personas expertas acad\u00e9micas ser\u00e1 de uno y dos a\u00f1os, respectivamente, con posibilidad de reelecci\u00f3n por una sola ocasi\u00f3n, por acuerdo de la Comisi\u00f3n, con posibilidad de ser reelegidos por un periodo igual por una sola ocasi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>5. La ratificaci\u00f3n que se da \u00fanicamente por un segundo periodo, ser\u00e1 por votaci\u00f3n de los integrantes de la Comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>6. De retirarse del encargo alguno de los representantes de las organizaciones de la sociedad civil o personas expertas acad\u00e9micas, se abrir\u00e1 nueva convocatoria para seleccionar nuevo participante.<\/p>\n\n\n\n<p>7. Las organizaciones de la sociedad civil y las personas expertas acad\u00e9micas, tendr\u00e1n las funciones previstas en el Reglamento Interno de la Comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>QUINTA. DE LOS CRITERIOS PARA LA SELECCI\u00d3N DE LAS CANDIDATURAS<\/p>\n\n\n\n<p>Los criterios de selecci\u00f3n de los representantes de organizaciones de la sociedad civil y de las personas expertas acad\u00e9micas, de conformidad con lo dispuesto en los art\u00edculos 15 y 16 del Reglamento Interno de la Comisi\u00f3n, son los siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p>1. ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL:<\/p>\n\n\n\n<p>a. Contar con experiencia acreditable, nacional o internacional, en trabajos de protecci\u00f3n y asistencia de las v\u00edctimas, ofendidos y testigos de los delitos en materia de trata de personas o en los \u00e1mbitos de prevenci\u00f3n, persecuci\u00f3n, sanci\u00f3n o erradicaci\u00f3n de estos delitos;<\/p>\n\n\n\n<p>b. Acreditar que, a la presentaci\u00f3n de su candidatura, se encuentran realizando actividades relativas a las se\u00f1aladas en el numeral anterior, y<\/p>\n\n\n\n<p>c. Contar con programas o proyectos en el tema de trata de personas.<\/p>\n\n\n\n<p>2. PERSONAS EXPERTAS ACAD\u00c9MICAS:<\/p>\n\n\n\n<p>a. Contar con experiencia acreditable, en el \u00e1mbito nacional o internacional, en actividades docentes e investigaci\u00f3n en cualquiera de los temas de prevenci\u00f3n, persecuci\u00f3n, sanci\u00f3n o erradicaci\u00f3n de los delitos en materia de trata de personas, as\u00ed como en la protecci\u00f3n y asistencia de las v\u00edctimas, ofendidos y testigos;<\/p>\n\n\n\n<p>b. Acreditar que, a la presentaci\u00f3n de su candidatura, se encuentran realizando actividades relativas a las se\u00f1aladas en el numeral anterior, y<\/p>\n\n\n\n<p>c. Haber realizado estudios o publicaciones sobre temas de derechos humanos y trata de personas.<\/p>\n\n\n\n<p>OCTAVA. DE LA ENTREGA DE LA DOCUMENTACI\u00d3N<\/p>\n\n\n\n<p>Las postulaciones se recibir\u00e1n de manera f\u00edsica o electr\u00f3nica, con base en lo siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p>1. De manera electr\u00f3nica: A trav\u00e9s del portal \u00fanico del gobierno federal, en la liga siguiente: https:\/\/focacv.segob.gob.mx a partir del 4 de diciembre de 2019 y cerrar\u00e1 el 27 de diciembre de 2019, funcionando las 24 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>La fecha l\u00edmite para la recepci\u00f3n de documentaci\u00f3n de manera electr\u00f3nica, es el 27 de diciembre de 2019 a las 23:59 horas. En ning\u00fan caso se otorgar\u00e1n pr\u00f3rrogas.<\/p>\n\n\n\n<p>2. De manera f\u00edsica:<\/p>\n\n\n\n<p>En las oficinas de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n, ubicadas en Circular de Morelia No. 8, 6\u00ba piso, Col. Roma Norte, Alcald\u00eda Cuauht\u00e9moc, C.P. 06700, en la Ciudad de M\u00e9xico; del 4 al 27 de diciembre de 2019, en horario de las 10:00 a las 18:00 horas, de lunes a viernes.<\/p>\n\n\n\n<p>La fecha l\u00edmite para la recepci\u00f3n de documentos f\u00edsicos, es el 27 de diciembre de 2019 a las 18:00 horas. En ning\u00fan caso se otorgar\u00e1n pr\u00f3rrogas.<\/p>\n\n\n\n<p>NOVENA. DE LA ELECCI\u00d3N DE POSTULACIONES<\/p>\n\n\n\n<p>Las postulaciones de las organizaciones de la sociedad civil y las personas expertas acad\u00e9micas que cumplan con todos los requisitos, ser\u00e1n evaluadas y entrevistadas por un Grupo de Trabajo que se crea para tal efecto, el cual fue aprobado en el Pleno de la Comisi\u00f3n Intersecretarial en su D\u00e9cimo Quinta Sesi\u00f3n Ordinaria, a fin de presentarlas a la Subcomisi\u00f3n Consultiva, la cual someter\u00e1 una propuesta justificada y fundamentada para consideraci\u00f3n de la Comisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Posteriormente en sesi\u00f3n, la Comisi\u00f3n analizar\u00e1 y elegir\u00e1 a las o los candidatos ganadores.<\/p>\n\n\n\n<p>INTERNACIONAL<\/p>\n\n\n\n<p>DECRETO Promulgatorio del Acuerdo por el que se Modifica el Convenio sobre Transporte A\u00e9reo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Rep\u00fablica de El Salvador, firmado en la Ciudad de M\u00e9xico, el siete de abril de dos mil seis, formalizado mediante Notas intercambiadas el veinte y veintiuno de junio de dos mil dieciocho, en San Salvador y en Antiguo Cuscatl\u00e1n, Rep\u00fablica de El Salvador. Por plenipotenciarios debidamente autorizados para tal efecto, se formaliz\u00f3 en San Salvador y en Antiguo Cuscatl\u00e1n, el Acuerdo por el que se Modifica el Convenio sobre Transporte A\u00e9reo entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la Rep\u00fablica de El Salvador, firmado en la Ciudad de M\u00e9xico, el siete de abril de dos mil seis, mediante Notas intercambiadas el veinte y veintiuno de junio de dos mil dieciocho, cuyo texto consta en la copia certificada adjunta.<\/p>\n\n\n\n<p>El Acuerdo mencionado fue aprobado por la C\u00e1mara de Senadores del Honorable Congreso de la Uni\u00f3n, el primero de octubre de dos mil diecinueve, seg\u00fan decreto publicado en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n del ocho de noviembre del propio a\u00f1o<\/p>\n\n\n\n<p>I. Modificar el segundo p\u00e1rrafo preambular por el siguiente: &#8220;DESEANDO concluir un Convenio complementario a la mencionada Convenci\u00f3n con el prop\u00f3sito de establecer servicios a\u00e9reos regulares mixtos y exclusivos de carga entre sus respectivos territorios;&#8221;<\/p>\n\n\n\n<p>II. Modificar el Art\u00edculo II &#8220;Otorgamiento de Derechos&#8221;, n\u00famero 2, inciso c), por el siguiente: &#8220;c) embarcar y desembarcar en tr\u00e1fico internacional en dicho territorio, en los puntos especificados en el Cuadro de Rutas anexo, a los pasajeros, carga y correo, por separado o en combinaci\u00f3n.&#8221;<\/p>\n\n\n\n<p>III. Modificar el Art\u00edculo III &#8220;Designaci\u00f3n y Autorizaci\u00f3n&#8221;, n\u00famero 1, por el siguiente: &#8220;<\/p>\n\n\n\n<p>1. Cada Parte Contratante tendr\u00e1 el derecho de designar por escrito ante la otra Parte Contratante, a trav\u00e9s de la v\u00eda diplom\u00e1tica, a dos o m\u00e1s empresas con el prop\u00f3sito de que operen los servicios convenidos en las rutas especificadas en el Cuadro de Rutas anexo, as\u00ed como el derecho de sustituir a empresas previamente designadas, por otras.&#8221;<\/p>\n\n\n\n<p>SAGRADAS ESCRITURAS<\/p>\n\n\n\n<p>Mateo 1:18-25<\/p>\n\n\n\n<p>Y el nacimiento de Jesucristo fue como sigue. Estando su madre Mar\u00eda desposada con Jos\u00e9, antes de que se consumara el matrimonio, se hall\u00f3 que hab\u00eda concebido por {obra del} Esp\u00edritu Santo. Y Jos\u00e9 su marido, siendo un {hombre} justo y no queriendo difamarla, quiso abandonarla en secreto. Pero mientras pensaba en esto, he aqu\u00ed que se le apareci\u00f3 en sue\u00f1os un \u00e1ngel del Se\u00f1or, diciendo: Jos\u00e9, hijo de David, no temas recibir a Mar\u00eda tu mujer, porque el Ni\u00f1o que se ha engendrado en ella es del Esp\u00edritu Santo.<\/p>\n\n\n\n<p>Y dar\u00e1 a luz un hijo, y le pondr\u00e1s por nombre Jes\u00fas, porque El salvar\u00e1 a su pueblo de sus pecados. Todo esto sucedi\u00f3 para que se cumpliera lo que el Se\u00f1or hab\u00eda hablado por medio del profeta, diciendo: HE AQUI, LA VIRGEN CONCEBIRA Y DARA A LUZ UN HIJO, Y LE PONDRAN POR NOMBRE EMMANUEL, que traducido significa: DIOS CON NOSOTROS. Y cuando despert\u00f3 Jos\u00e9 del sue\u00f1o, hizo como el \u00e1ngel del Se\u00f1or le hab\u00eda mandado, y tom\u00f3 consigo a su mujer; y la conserv\u00f3 virgen hasta que dio a luz un hijo; y le puso por nombre Jes\u00fas.<\/p>\n\n\n\n<p>DISCAPACITADOS SOBRESALIENTES<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;Quienes han hecho las leyes no han tenido en mente nunca que alguien como yo pueda tener hijos o no tantos&#8221;. As\u00ed de rotundo se expresa C\u00e9sar P\u00e9rez Ortiz, que va en silla de ruedas y tiene cuatro. &#8220;No es que nosotros seamos discapacitados, es la sociedad la que nos discapacita.<\/p>\n\n\n\n<p>Y s\u00ed, son cuatro v\u00e1stagos de nueve, seis y cuatro a\u00f1os, una pareja de mellizos<\/p>\n\n\n\n<p>C\u00e9sar no pudo volver a andar tras una operaci\u00f3n de espalda a la que se someti\u00f3 cuando solo ten\u00eda 13 a\u00f1os y ese fue el motivo que le trajo a Alcorc\u00f3n. En su antiguo barrio, Carabanchel, su casa era peque\u00f1a, de manera que era incapaz de desplazarse bien por su interior ni tampoco salir a la calle. En el municipio sure\u00f1o, en cambio, hace algo m\u00e1s de dos d\u00e9cadas, encontr\u00f3 vecindarios nuevos con viviendas de mayor tama\u00f1o y avenidas amplias, as\u00ed que la localidad no se convirti\u00f3 tanto en opci\u00f3n como en salvaci\u00f3n. No obstante, aqu\u00ed tampoco fue todo ideal: Ir al centro en donde se form\u00f3 para ser t\u00e9cnico de laboratorio, su trabajo actual, supuso tener que luchar para que todos los autobuses contaran con una rampa.<\/p>\n\n\n\n<p>VIDEOS ADJUNTOS<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-embed is-type-video is-provider-youtube wp-block-embed-youtube wp-embed-aspect-16-9 wp-has-aspect-ratio\"><div class=\"wp-block-embed__wrapper\">\n<iframe loading=\"lazy\" title=\"Video de sensibilizaci\u00f3n, Personas con discapacidad\" width=\"1140\" height=\"641\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/dRiisNleFXg?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture\" allowfullscreen><\/iframe>\n<\/div><\/figure>\n\n\n\n<p>REFLEXION<\/p>\n\n\n\n<p>&#8220;La Navidad no es un momento ni una estaci\u00f3n, sino un estado de la mente. Valorar la paz y la generosidad y tener merced es comprender el verdadero significado de Navidad&#8221; (Calvin Coolidge)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>FISCAL ACUERDO por el que se dan a conocer los porcentajes y los montos del est\u00edmulo fiscal, as\u00ed como las cuotas disminuidas del impuesto especial sobre producci\u00f3n y servicios aplicables a los combustibles que se indican, correspondientes al periodo que se especifica .IV\u00c1N CAJEME VILLARREAL CAMERO, Titular de la Unidad de Pol\u00edtica de Ingresos no [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":0,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"footnotes":""},"class_list":["post-137","page","type-page","status-publish","hentry","post"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/137","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=137"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/137\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":138,"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/pages\/137\/revisions\/138"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/amacac.com.mx\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=137"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}